Actualidad en el Patio Joven

Hasta hoy, 4 de agosto, se pueden solicitar las ayudas Innovactiva 6000

21/07/2021

Los beneficiarios son personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía de 18 a 35 años

El Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ), entidad adscrita a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, tiene abierta la convocatoria de las ayudas Innovactiva 6000, edición 2021, hasta hoy miércoles, 4 de agosto.

Se trata de subvenciones destinadas a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía para la puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, según las bases publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Esta convocatoria tiene como objetivo el fomento del empleo y el emprendimiento entre los jóvenes. Cuenta con una cuantía presupuestaria de 800.000 euros, lo que supone un incremento del 26,4% con respecto al programa del pasado año, en el que se destinaron 632.500 euros.

El IAJ destinará 100.000 euros a cada una de las ocho provincias andaluzas. Cada proyecto que se presente a acogerse al programa podrá ser subvencionado por un máximo de 6.000 euros.

Se trata de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para personas jóvenes andaluzas o residentes en la región, con vistas a la puesta en marcha de iniciativas empresariales a través de la creación de empresas con forma jurídica societaria -cuyo domicilio social radique en Andalucía-; o bien, para constituirse como autónomos, en cuyo caso deberán acreditar que no han estado dados de alta en el régimen especial de autónomos durante el año inmediatamente anterior a la fecha de entrada en vigor de la convocatoria.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, mayores de 18 y hasta 35 años, inclusive, que hayan finalizado estudios universitarios o de Formación Profesional de Grado Medio o Superior y no hayan sido beneficiarios de estas ayudas en convocatorias anteriores aunque hayan renunciado a la misma una vez concedida.

Con Innovactiva 6000 son subvencionables las inversiones encaminadas a la puesta en funcionamiento de la actividad empresarial tales como la adquisición de mobiliario, maquinaria, utillaje, equipos para procesos informáticos y de telefonía, aplicaciones informáticas, software, dominios web, elementos de transporte, leasing, obras de adecuación, mejora y adaptación de inmueble dedicado a la actividad empresarial, siempre que sea propiedad de la persona solicitante de la ayuda, propiedad industrial (patentes, marcas, entre otros) y derechos de traspaso.

En el caso de empresas, podrán subvencionarse además las actuaciones encaminadas a la constitución de las empresas (registro y notaría). No serán subvencionables los gastos de naturaleza corriente, como cuotas de la seguridad social, sueldos o retribuciones ni las aportaciones de capital inicial de la empresa.

Procedimiento

La persona solicitante deberá reflejar una fecha de inicio de los trámites de constitución de la empresa o de la constitución como autónomo, que deberá estar comprendida entre el día siguiente al de publicación en BOJA de la resolución de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2021. A partir de esa fecha, el solicitante tiene seis meses para constituir la empresa con forma jurídica societaria o tres meses para

Además de los medios tradicionale, se puede solicitar, con el certificado digital, para agilizar los trámites de la solicitud en los siguientes enlaces:  

Ventanilla Electrónica de Administración. Junta de Andalucía  VEA

 Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía accesible en la dirección: https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG

Vídeo Innovactiva 6000