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Abierto el plazo de solicitud a la Beca Andalucía Segunda Oportunidad
14/12/2023
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha publicado la Resolución de 28 de noviembre de 2023, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad, dirigida a facilitar la reincorporación de las personas jóvenes al sistema educativo y obtener una titulación de Educación Secundaria, para el curso 2023/2024.
El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 5 de enero de 2024 y se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Como regla general, no sera necesario acompañar documentos a la solicitud.
La Beca Andalucía Segunda Oportunidad va destinada a personas con edades entre los 18 y los 24 años de la Comunidad Autónoma de Andalucía que hayan abandonado el sistema educativo sin haber obtenido alguna titulación de Educación Secundaria Obligatoria o educación secundaria posobligatoria.
Tiene como finalidad compensar la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio, facilitando la reincorporación a los estudios para una preparación mayor que posibilite su acceso de nuevo al mercado laboral.
Se trata de una convocatoria de 100 becas ‘Andalucía Segunda Oportunidad’ para el alumnado que se matricule en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional o de Artes Plásticas y Diseño, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, curso escolar 2023/2024.
Para optar a una de estas becas será preciso reunir los siguientes requisitos:
a) Participar en la convocatoria de Becas de carácter general para enseñanzas no universitarias reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las Becas y Ayudas al estudio personalizadas.
b) Pertenecer a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio andaluz.
c) Tener entre 18 y 24 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria, o hasta 25 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria en el supuesto de renovación de la beca.
d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
e) No haber estado matriculado en alguna de las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, durante el curso escolar anterior a aquel para el que se realiza la convocatoria, salvo en el supuesto de renovación de la beca.f) Estar matriculado del curso completo en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial o de Artes Plásticas y Diseño.
g) Figurar inscrito como desempleado demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
h) No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo.
i) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM) anual.
Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el período que abarque el curso académico para el que se concede la beca.
Formularios de solicitud Beca Andalucía Segunda Oportunidad
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