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Ayudas para fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

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Ayudas para fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

08/03/2022

Ayudas al Emprendimiento

Extracto de la Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de la Fundación de EOI, F.S.P., por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema nacional de Garantía Juvenil

Puedes consultar el texto íntegro de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, BDNS (Identif.): 612820

La Fundación EOI tiene previsto convocar subvenciones para el fomento del emprendimiento, y de esta forma corregir el escaso porcentaje del mismo de la población joven en España y permitir el acceso al empleo a través del autoempleo de jóvenes, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Las convocatorias que se acojan a estas bases reguladoras se cofinanciarán con el Fondo Social Europeo y con la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Aspectos generales de las convocatorias

  • Destinatarios: jóvenes emprendedores de más de 16 años y menores de 30 años inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que vayan a ejercer la actividad como personas físicas, así como que inicien la actividad y se configuren en personas jurídicas, siempre que constituyan una sociedad de los siguientes tipos: Sociedad Limitada de Nueva Empresa, Comunidad de Bienes, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Limitada de Formación sucesiva y sean Administradores y posean al menos el 51 % del capital social de la entidad creada. Que no hayan iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de la subvención.

  •  Cuantía de la ayuda: hasta un máximo de tres mil euros (3.000,00 €). Esta cantidad no podrá superar el 75 % del importe de los gastos subvencionables.

  • Período subvencionable: actividad económica realizada en los 6 meses siguientes desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento

  • Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva

  • Pago de la ayuda:  previa justificación, a la finalización del periodo subvencionable, por el beneficiario o la beneficiaria de la realización de la actividad objeto de la ayuda.

 

ORDEN DE BASES | PLAZOS DE LAS AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO

Contacto: ayudasemprendimiento@eoi.es