¿Qué es el IAJ?

 

Logo del Instituto Andaluz de la Juventud

En la Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, se crea el Instituto Andaluz de la Juventud, como organismo autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

 

Mediante el Decreto 118/1997, de 22 de abril, se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud

 

El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, adscribe al IAJ a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

 

El Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, publicado el 8 de agosto de 2022, BOJA EXTRAORDINARIO.

 

Se establece que:

La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad pasa a denominarse Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

 

Diez. El apartado 1 del artículo 11 queda redactado como sigue:

 

«1. Corresponden a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad las competencias actualmente asignadas a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, salvo las que se asignan en este decreto a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa en materia de gestión de las ayudas y coordinación de la cooperación internacional para el desarrollo, las relacionadas con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030. Asimismo, se le adscriben las competencias en materia de juventud que actualmente venía ejerciendo la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, las competencias en materia de familias actualmente adscritas a la Consejería de Salud y Familias, excepto la gestión del Registro de Parejas de Hecho y la promoción y coordinación de la mediación familiar. Igualmente, le corresponden la coordinación de las políticas migratorias y las competencias relativas a los centros residenciales de personas mayores.»

 

Más información

 

En la Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, se crea el Instituto Andaluz de la Juventud, como organismo autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

Mediante el Decreto 118/1997, de 22 de abril, se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, estableciéndose las siguientes FUNCIONES:

a) La planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las actuaciones en materia de juventud, impulsadas por la Administración de la Junta de Andalucía, así como la colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en el ámbito territorial de nuestra comunidad autónoma.

b) Fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud.

c) Fomento, programación y desarrollo de la animación sociocultural en Andalucía, así como la incentivación de la investigación en materia de juventud.

d) La ordenación, planificación, coordinación y gestión de las materias relativas a las Oficinas de Intercambio y Turismo de Jóvenes y Estudiantes, de los espacios de Juventud y de las instalaciones juveniles, a través de la Empresa Pública Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil (Inturjoven, S.A.),

e) Seguimiento de la normativa vigente y de su aplicación en materia de juventud.

En cuanto a los ÓRGANOS RECTORES, el IAJ se regirá por los siguientes órganos de dirección:

a) El Presidente.

b) El Consejo Rector.

c) El Director General.

d) El Subdirector.

Asimismo, en este Decreto se establece la estructura provincial del organismo, creando Direcciones Provinciales en cada provincia, que ejercerán en su ámbito territorial la representación institucional del mismo, así como sus competencias y funciones.

+ Info: BOJA núm. 49, de 26 de abril de 1997

 

ADSCRIPCIÓN ACTUAL DEL IAJ A LA CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD

 

Mediante el Decreto 161/2022, de 9 de agosto,  se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y la adscripción del Instituto Andaluz de la Juventud en dicha consejería.

 

"Se adscribe a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad el Instituto Andaluz de la Juventud y la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (Inturjoven)".

Más información en el BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto de 2022
 

 

Director general del Instituto Andaluz de la Juventud:

Pedro Antonio Ramírez Sánchez 

El Consejo de Gobierno ha aprobado, el 17 de octubre de 2023, el nombramiento de Pedro Antonio Ramírez Sánchez como nuevo director general del Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ).

Ramírez (Málaga, 1991) era hasta la actualidad asesor de programas del Instituto Andaluz de la Juventud en la provincia malagueña y ahora pasa a encabezar el IAJ a nivel regional.

Ramírez Sánchez, que cuenta con amplia experiencia en voluntariado para jóvenes, ha sido desde 2017 a 2022 asesor jurídico adscrito a las Áreas de Alcaldía y Urbanismo, estando como coordinador del departamento de Disciplina urbanística en el Ayuntamiento de Estepona (Málaga).

Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada, ha sido profesor de Derecho en la Administración Pública y Derecho Civil en la Joves Juristes de Catalunya (JJC) de Terrassa, Barcelona. Cuenta con experiencia profesional como asesor legal y ha complementado su formación con el Programa de Liderazgo para la Gestión Pública (PLGP) en el IESE Business School-Campus de Madrid (Madrid) y otro curso de experto en Derecho Urbanístico de Andalucía en el centro FYDU (Marbella, Málaga).

En la imagen, Pedro Ramírez Sánchez, director general del IAJ.

Actualidad IAJ

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Actualidad en el Patio Joven

Hasta el 16 de septiembre se pueden solicitar las subvenciones para emprendedores 'Innovactiva'

16/08/2022

Se aumenta la cuantía máxima de la ayuda hasta 9.000 euros

Hasta el 16 de septiembre se pueden solicitar las subvenciones  'Innovactiva 9000', convocadas por el Instituto Andaluz de la Juventud, adscrito a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Estas ayudas están destinadas a  personas jóvenes, andaluzas o residentes en Andalucía,  mayores de 18 y hasta los 35 años de edad (40 años en proyectos agrícolas o ganaderos), que tengan, como mínimo educación secundaria obligatoria o certificado de profesionalidad de cualquier familia profesional.

Se trata de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a personas jóvenes, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía, bien a través de la constitución de empresas con forma jurídica societaria mercantil, cooperativas o sociedades laborales; o bien, mediante la constitución como persona empresaria individual autónoma.

La fecha de inicio de los trámites de constitución de la empresa o de los trámites de constitución como autónomo, comunicada en la solicitud, deberá estar comprendida entre la fecha de la convocatoria y el 31 de diciembre de 2022.

Podrán solicitar las ayudas para constituirse como persona empresaria autónoma, aquéllas que no hayan estado dadas de alta en el año anterior a la convocatoria, así como las personas trabajadoras autónomas familiar colaborador para la creación de un nuevo proyecto empresarial. Quedan excluidas las ayudas para proyectos empresariales societarios los que tengan por objeto el cambio de forma jurídica de una empresa anterior en activo.

La cuantía máxima de la subvención podrá alcanzar los 9.000 euros, que se abonarán el 50% tras la concesión de la subvención, y el 50% restante tras la justificación del primer pago. Si la cuantía total de la subvención no supera los 6.000 euros, se abonará en un solo pago.

Entre las novedades más relevantes, además del aumento de la cuantía, se ha ampliado la  edad de la persona beneficiaria en proyectos agrícolas y ganaderos, se ha flexibilizado el requisito de titulación de las personas solicitantes, se han incluido nuevos gastos subvencionables, se han actualizado  los criterios de valoración de los proyectos y se ha establecido la presentación de exclusivamente por  medios telemáticos.

Gastos subvencionables

Se subvencionan los gastos en inmovilizado material e intangible. Como novedad, se han incluido los gastos de instalación necesarios para el desarrollo de la actividad que no impliquen  la ejecución de una obra, así como para la creación y desarrollo web y el diseño de imagen corporativa. En el caso de creación de empresas, se subvencionan, además, los gastos de notaría y registro necesarios para la constitución.
Los gastos subvencionables son los realizados en los seis meses siguientes a la fecha de inicio de los trámites de constitución de la empresa o de los trámites de constitución como autónomo comunicada en la solicitud.

Criterios de valoración

Como novedad, se concederá mayor puntuación a la coherencia del plan de empresa presentado. Además, se tendrán en cuenta, especialmente, entre otros criterios, el conocimiento del mercado por la persona solicitante, la contribución del proyecto a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el carácter innovador y la originalidad del proyecto y las áreas de actividad empresarial a las que se dirige el proyecto.

Las solicitudes se presentarán dentro del mes siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOJA (16 de agosto 2022).

La presentación será exclusivamente por medios telemáticos, a través  a través de esta dirección electrónica

Además, podrán presentarse en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/registro-electronico.html

Más información en Patio Joven/Ayudas y Subvenciones (https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/scri/ayudas-y-subvenciones/ayudas-al-emprendimiento).

Enlace al BOJA núm. 156, de 16 de agosto de 2022:

CONVOCATORIA

EXTRACTO

BASES REGULADORAS (https://juntadeandalucia.es/eboja/2022/144/BOJA22-144-00020-12436-01_00265713.pdf)