El IAJ publica las bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones juveniles y grupos de corresponsales juveniles
El IAJ publica las bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones juveniles y grupos de corresponsales juveniles
Actualidad en el Patio Joven
El IAJ publica las bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones juveniles y grupos de corresponsales juveniles
01/07/2021
Se concederán para la realización de actuaciones dirigidas a la juventud andaluza en ámbitos como el emprendimiento, la empleabilidad e innovación
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha publicado la Orden de 25 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ) a asociaciones juveniles, federaciones de asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades y grupos de corresponsales juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.
Hay que aclarar que todavía no está abierta la convocatoria pública para solicitar estas subvenciones, en la que se establecerá el plazo de presentación de las solicitudes y se aprobarán los formularios correspondientes.
Con las nuevas bases reguladoras derogan las anteriores, reguladas en la Orden de 17 de abril de 2017, de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales (BOJA núm. 75, de 21 de abril de 2017).
Ámbitos
Las subvenciones del IAJ se concederán para la realización de actuaciones, dirigidas a la juventud andaluza, en los siguientes ámbitos: emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación; voluntariado juvenil y participación; igualdad, diversidad Lgtbi, tolerancia, inclusión de la juventud con discapacidad y prevención de la violencia de género; cultura, creatividad, arte u talento juvenil; y vida saludable, conocimiento del entorno natural y sostenibilidad.
Conceptos subvencionables
Los conceptos subvencionables que se contemplan en las nuevas bases reguladoras son para gastos de personal, de funcionamiento y de naturaleza corriente para la prestación de servicios necesarios, o adquisión de bienes corrientes para la realización de actividades dirigidas a personas jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 30 años; salvo en el ámbito del emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación, en cuyo caso la edad límite será de 35 años.
En todo caso en los proyectos que concurran a la convocatoria siempre deberán participar como destinatarias personas jóvenes andaluzas, aunque pueda participar gente joven de otras procedencias.
Personas o entidades que pueden solicitar subvenciones y requisitos
Una vez que salga publicada la convocatoria, podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras asociaciones juveniles, deferaciones constituidas por éstas, secciones juveniles de otras entidades y grupos de corresponsales juveniles.
En cuanto a los requisitos, las asociaciones juveniles deberán estar debidamente constituidas, conforme a lo establecido en la normativa que las regula, inscritas en el Registro de Asociaciones de Andalucía y en el censo de entidades de participación juvenil del IAJ.
Las secciones juveniles de otras entidades también deberán cumplir con la normativa y también estar registradas en el mencionado censo, con anterioridad a la fecha de la resolución de convocatoria de esta línea de subvenciones.
Por su parte, cada grupo de corresponsales juveniles tendrá carácter voluntario y sin ánimo de lucro y que lo formen al menos cuatro jóvenes mayores de 14 y menores de 30 años. La persona representante del grupo debe ser mayor de edad.
Asimismo, las personas componentes del grupo deberán estar acreditadas como corresponsales juveniles por la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud que corresponda. También hay que señalar que los proyectos o actividades propuestos deben estar avalados por el Centro de Información Juvenil con el que colaboren los corresponsales.
Cuantía de las subvenciones
El porcentaje máximo de la subvención podrá ser del 100% si el importe del proyecto es igual o inferior a 6.000 euros; y del 75% si supera esta cantidad.
En el caso de los grupos de corresponsales juveniles se establece una cuantía máxima de 3.000 euros.