null ACAMPADAS

Respondemos a tus preguntas

¿Qué son?

Son actividades organizadas y realizadas para niños y jóvenes (hasta los 30 años de edad) en el medio natural con fines educativos, recreativos y medioambientales.

¿Cuántas personas pueden participar en las acampadas?
Más de 10 personas

¿Qué duración tiene una acampada?
Una duración mínima sea de tres días y hasta un máximo de cinco.

¿Cuántas personas pueden participar en los campamentos juveniles?
Más de 10 personas.

¿Qué duración tiene un campamento?
Más de cinco días y hasta tres meses.

¿Qué es un campamento juvenil de verano?
Cuando se realizan entre los meses de junio y septiembre.

¿Cuándo se solicitan?
Las acampadas se pueden solicitar en cualquier época del año. El plazo de solicitud de los campamentos de verano se abre anualmente desde el 15 de marzo al 15 de abril.

¿Cómo solicitar una acampada o campamento juvenil?
 Toda entidad que pretenda organizar estas actividades deberá presentar una solicitud, de acuerdo con el modelo que establezca el IAJ.

¿Cómo formarse como Monitor de Ocio y Tiempo Libre?
A través de las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Socio-Cultural que el IAJ tiene autorizadas (ver listado Patio Joven) en las 8 provincias andaluzas

Responsables: ¿Quién dirige y coordina cada actividad?

Conforme a lo dispuesto en el Decreto 45/2000, de 31 de enero, sobre la organización de acampadas y campamentos juveniles en Andalucía, cada actividad deberá estar dirigida y coordinada por una persona mayor de edad que esté en posesión del diploma de Director/a de Actividades en el Tiempo Libre Infantil y Juvenil, expedido por la Administración de la Junta de Andalucía o por entidades oficialmente reconocidas por la misma, o de titulaciones equivalentes y, en su caso, homologadas o reconocidas por rrganismos de la Administración autonómica y que les faculte para la realización de este tipo de actividades.

Además, habrá al menos un monitor más por cada diez participantes si éstos son, en su mayoría, menores de 12 años o por cada quince participantes si éstos tienen, en su mayoría, 12 o más años.

¿Qué normativa desarrolla estas actividades?
Decreto 45/2000, de 31 de Enero y Orden de 11 de Febrero de 2000.