Hasta el 6 de mayo se pueden solicitar las subvenciones al emprendimiento juvenil INNOVACTIVA 2024 - Hasta el 6 de mayo se pueden solicitar las subvenciones al emprendimiento juvenil INNOVACTIVA 2024
Hasta el 6 de mayo se pueden solicitar las subvenciones al emprendimiento juvenil INNOVACTIVA 2024
18/04/2024
Se priorizarán aquellos proyectos en los que el funcionamiento y desarrollo de sus actividades se base en el uso y la aplicación de las nuevas tecnologías
El Instituto Andaluz de la Juventud mantiene abierta la convocatoria de las subvenciones al emprendimiento juvenil ‘Innovactiva 9000’, en su edición 2024, hasta el próximo 6 de mayo. Las personas beneficiarias son jóvenes emprendedores andaluces o residentes en Andalucía y se les concederá un máximo a los 9.000 euros por proyecto empresarial aprobado.
En concreto, estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, van dirigidas a jóvenes mayores de 18 y hasta los 35 años de edad (40 años en el caso de proyectos agrícolas o ganaderos), inclusive.
Además, los jóvenes solicitantes deberán tener formación académica universitaria, ciclo formativo de grado medio o superior, educación secundaria obligatoria o certificado de profesionalidad.
El objeto de estas ayudas de la Junta es la puesta en marcha de proyectos empresariales en Andalucía, a través de la creación de empresas con forma jurídica societaria mercantil, o cooperativas y sociedades laborales; o bien, para constituirse como persona empresaria individual autónoma.
Se priorizarán aquellos proyectos en los que el funcionamiento y desarrollo de sus actividades se base en el uso y la aplicación de las nuevas tecnologías. Igualmente, el domicilio fiscal de la empresa deberá radicar en Andalucía.
La financiación de estas subvenciones para el ejercicio 2024 es de 464.686,21 euros, distribuyéndose esta cantidad por cada una de las ocho provincias andaluzas en una cuantía máxima de 58.085,77 (excepto Granada que es de 58.085,82 €).
Los gastos subvencionables deberán tener naturaleza de gastos de inversión, no incluyéndose los de naturaleza corriente; y habrán de ser realizados, así como la constitución de la empresa o el alta como persona autónoma, durante el periodo comprendido desde la fecha de inicio solicitada en la solicitud hasta seis meses después de la misma.
Las solicitudes se presentarán única y exclusivamente de forma telemática y el plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 6 de mayo.
Los impresos de solicitud deben dirigirse a la dirección:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicioOrganismo.xhtml
Asimismo, podrán presentarse en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía
Más información en BOJA N.º 66, de 5 de abril